REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE PODER OTORGADO POR SOCIEDAD CONSTITUIDA EN EL EXTRANJERO
Para la inscripción de poderes otorgados por sociedades constituidas en el extranjero, es necesario que se adjunte la documentación requerida en los articulo 165 y 166 del RSS; no basta con que el funcionario ante quien se otorgo el poder deje constancia que se le adjunto comprobante de representación y que la empresa se encuentra inscrita.
Resolución Nro. 625-2013-SUNARP-TR-L de 4/12/2013
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