
INSCRIPCIÓN DE LA REVOCATORIA DE PODERES
Procede la inscripción de la revocatoria de poderes aunque no se encuentre inscrito el acto de otorgamiento de poder, siempre que se acompañe copia certificada del poder que se revoca, el cual quedará en el título archivado.
Base Legal:
Pleno : LIV
Acuerdo N° : 3
Fecha de Publicación : 12/17/2009
http://www.sunarp.gob.pe/busqueda_prec/jurisprud_res2.asp
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