lunes, 12 de marzo de 2012

UNIÓN DE HECHO

SUNARP: PRECEDENTE DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA SOBRE UNIÓN DE HECHO (10/03/2012)


No será necesario que el notario de manera expresa señale la fecha de iniciación de la unión de hecho cuando dicho dato conste en la solicitud presentada por los convivientes, la misma que obra inserta en la escritura pública. Así dispone el reciente precedente de observancia obligatoria aprobado en la sesión extraordinaria del Octogésimo Quinto Pleno del Tribunal Registral realizado el día 02 de marzo de 2012. XNT

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) dispuso la difusión de dicho precedente mediante la Resolución N° 059-2012-SUNARP/PT, publicada el sábado 10 de marzo de 2012. Tal criterio fue sustentado en las Resoluciones Nº 2249-2011-SUNARP-TR-L (09/12/2011) y Nº 351-2012-SUNARP-TR-L (02/03/2012).

Fuente: Gaceta Jurídica.


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