Aprueban directiva que regula la expedición de publicidad registral compendiosa nacional en las distintas oficinas registrales a nivel nacional, la cual entrara en vigencia en forma progresiva conforme al siguiente detalle:
-Al día siguiente de su publicación en la Oficina Registral de Lima y sus oficinas zonales.
-A los sesenta (60) días de su publicación en todas la Oficinas Registrales de la Zona Registral Nro. IX - Sede Lima.
-A los ciento veinte (120) días de su publicación en todas las Oficinas Registrales a nivel nacional.
Directiva 001-2011-SUNARP/SA
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