PARA INSCRIBIR LA TRANSFERENCIA DE PARTICIPACIONES SOCIALES DE UNA SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA A UNA PERSONA EXTRAÑA A LA SOCIEDAD ¿SE REQUIERE QUE EN LA RESPECTIVA ESCRITURA PUBLICA CONSTE EL CONSENTIMIENTO DE TODOS LOS DEMAS SOCIOS A LA TRANSFERENCIA?
Para la transferencia de participaciones a una persona ajena a la sociedad no se requiere que en la escritura publica respectiva se inserte el acta de la Junta de Socios en que conste el consentimiento de todos los demás socios a la transferencia, sino tan solo la certificación del gerente en la que indique que se ha cumplido con el procedimiento previsto en la Ley o en el estatuto.
Resolución Nro. 171-2014-SUNARP-TR-A de fecha 5/27/2014
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